COMUNICADO N° 017-2022-SINAMSSOP
El Secretario General y el Consejo Ejecutivo Nacional del Sindicato Nacional Médico del Seguro Social del Perú – SINAMSSOP, EXPRESAN SU PROFUNDA PREOCUPACIÓN Y RECHAZO A LA FALTA DE LIDERAZGO, DESINTERÉS, INOPERATIVIDAD E INDIFERENCIA DE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS DE ESSALUD, para cumplir con la implementación de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como el punto 2 del Convenio Colectivo 2022 suscrito este año, en el cual se comprometieron a “cumplir de forma efectiva con la ley, para garantizar en los establecimientos asistenciales los medios y condiciones que protejan la vida, previniendo los riesgos en la salud de los trabajadores. Asimismo, que se llevará a cabo las acciones para dotar de personal médico ocupacional en las Unidades Funcionales de Seguridad y Salud en el Trabajo (UFSST) a nivel nacional”; por lo que expresamos lo siguiente:
- EsSalud no ha cumplido a la fecha con ninguno de los compromisos asumidos para la aplicación de la Ley 29783; los gestores en todos los niveles no cumplen con su responsabilidad de acuerdo al RISST con un ineficiente sistema de seguimiento, monitoreo, evaluación y retroalimentación en SST; no existe recurso humano y apoyo logístico ni capacitación necesaria; las UFSST presentan limitaciones en su funcionamiento; no se realizan los exámenes médicos ocupacionales en la mayor cantidad de IPRESS a nivel nacional y las elecciones de los Comités y Sub Comités de SST han sido cuestionadas por SINAMSSOP, siendo observado el proceso por parte de SUNAFIL y considerado ilegal por la instancia fiscalizadora.
- Como es de público conocimiento, después de un largo proceso lleno de irregularidades SINAMSSOP denunció la ilegalidad del proceso eleccionario de los representantes de los trabajadores ante el CSST y SCSST, por parte de la Gerencia General coludida con la FED CUT, al no advertir ni corregir los vicios y errores, sobre lo cual las autoridades y funcionarios dilataron el tiempo e hicieron caso omiso, por lo que el Sindicato acudió a la SUNAFIL, iniciando en mayo de este año un proceso de inspección, por el cual emitió un requerimiento de 14 HECHOS IRREGULARES, concluyendo que EsSalud “no ha cumplido con llevar a cabo el proceso de convocatoria, elección e instalación del CSST conforme a ley”.
- El 17 de agosto último SUNAFIL mediante Expediente Sancionador N° 796-2022-SUNAFIL/ILM, emitió el Acta de Infracción N° 6407-2022-SUNAFIL/ILM, proponiendo las multas por S/ 96,094.00 por el proceso eleccionario de acuerdo a ley y por S/ 196,338.00, por no acreditar cumplimiento oportuno de la medida de requerimiento del 22 de junio de este año. El 31 de agosto pasado, SINAMSSOP mediante Carta N° 384-2022 dirigida a la GCGP solicitó se declare la nulidad de dichas elecciones por incurrir en infracciones graves y tener observaciones insubsanables advertidas por la SUNAFIL. El 21 de septiembre último, SUNAFIL notificó oficialmente a SINAMSSOP para su conocimiento, con el Acta de Infracción N° 6407-2022-SUNAFIL/ILM y del Expediente Sancionador. EsSalud una vez más quiere hacer caso omiso a dicha sanción y observación de fiscalización.
- SINAMSSOP considerando los antecedentes de incumplimiento de la Ley 29783, las deficiencias en SST, las consecuencias de la pandemia, el poco conocimiento de los agremiados y de los gestores, consideró prioritario la creación de la secretaría de Seguridad y Salud en el Trabajo en ampliación de la secretaría de Seguridad Social, la misma que viene trabajando de manera comprometida desde enero de este año en el marco del actual Consejo Ejecutivo Nacional.
Lima, 30 de septiembre de 2022.
Dr. MANUEL VÁSQUEZ GÁLVEZ
Secretario General
CONSEJO EJECUTIVO NACIONAL
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