MINSA evalúa emisión de norma que precise competencia del médico especialista y respeto a lineamientos de organización del Estado

MINSA evalúa emisión de norma que precise competencia del médico especialista y respeto a lineamientos de organización del Estado

NOTA DE PRENSA N° 061-2022-SINAMSSOP

De acuerdo a solicitud del SINAMSSOP en representación de patólogos clínicos ante representante del ministro       

Como resultado de las gestiones del SINAMSSOP ante el Ministerio de Salud, la representante de los patólogos clínicos de EsSalud, Nelly Borja, sostuvo una reunión de trabajo con el representante del ministro, Tito Rodríguez, en la cual solicitó la emisión de una norma técnica que precise la responsabilidad del médico especialista y se respete los alcances del Informe 008-2022 de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del MINSA, así como el Informe 056-2022 de la Subsecretaría de Administración Pública de la PCM, sobre la creación de una unidad orgánica de tecnología médica en la seguridad social.

El representante del ministro de Salud, se comprometió a evaluar en el menor tiempo posible la solicitud respetando los lineamientos de organización del Estado, que deben primar en las modificaciones de los manuales de organización, que según se sabe, vienen ejecutándose de manera silenciosa por parte de los funcionarios de EsSalud, en una decisión que debe ser técnica y no política, dijo la doctora Borja.

Como se recuerda, el Informe 008-2022-OOM-OGPPM/MINSA del 12 de enero de este año, concluye que, si bien la Ley de Trabajo del Tecnólogo Médico establece que en los establecimientos de salud debe estructurarse una unidad orgánica de tecnología médica, su aplicación debe considerar las normas de organización que emite la Secretaría de Gestión Pública de la PCM en su condición de órgano rector en materia de organización del Estado.

Igualmente, ratifica que el MINSA es el órgano rector en materia de salud a nivel nacional, el alcance de su rectoría comprende la facultad para normar, supervisar, fiscalizar y, cuando corresponda sancionar en los ámbitos que comprendan la materia de salud; por lo que los sistemas referidos a los aspectos administrativos, entre ellos el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, que comprende los aspectos de gestión estructural, están supeditadas a la normativa que emita la PCM como órgano rector.

Por su parte, el Informe D000056-2022-PCM-SSAP del 8 de febrero de este año concluye que EsSalud cuenta con un tratamiento especial que le da su normativa y que, desde el punto de vista de su organización, lleva a que, entre otros aspectos, la aprobación o modificación de su estructura orgánica, no requiera contar con la opinión técnica previa favorable de la Secretaría de Gestión Pública, sin embargo, está sujeta a los criterios en materia organizacional regulados en los Lineamientos de Organización del Estado, debiendo su Gerencia de Planeamiento o la que haga sus veces, cuidar que se cumpla.

Asimismo, que es factible contar con una opinión especializada del MINSA, como rector en materia de salud, respecto a las funciones de una unidad de tecnología médica y su apoyo o soporte a la prestación de los servicios de salud, la cual podría permitir justificar (o no) la designación de determinadas funciones a una determinada unidad de organización (existente o por crearse), en el marco de los criterios regulados en el artículo 16 de los Lineamientos de Organización del Estado que regulan la creación de órganos o unidades orgánicas.

De igual forma, que la aplicación del criterio regulado en el literal h) del numeral 16.1 del artículo 16 de los Lineamientos de Organización del Estado para la creación de la Unidad de Soporte de Tecnología Médica o cualquier unidad de organización, dependerá del nivel de organización en que se ubique esta unidad (siempre que se justifique su creación), siendo obligatoria su aplicación si se ubica en el cuarto nivel organizacional hacia adelante. En caso contrario, la creación de una unidad de organización, debe sustentarse en los demás criterios debidamente justificados con la evidencia correspondiente.                  

La doctora Borja sustentó una vez más que la creación de esta unidad orgánica se superpone a la organización funcional de la gerencia de Ayuda al Diagnóstico, a la que pertenecen los departamentos y servicios asistenciales como Farmacia, Anatomía Patológica, Patología Clínica y Radiología; así como los servicios médicos del Departamento de Medicina Física y Rehabilitación dependientes de la Gerencia Clínica.

Lima, 3 de junio de 2022.

SECRETARÍA DE PRENSA Y PUBLICACIONES

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