El Consejo Ejecutivo Nacional del Sindicato Nacional Médico del Seguro Social del Perú – SINAMSSOP, ante la reciente interposición de la demanda de acción de inconstitucionalidad contra la Ley 32103 ante el Tribunal Constitucional, por parte del Colegio Médico del Perú, expresa su saludo y satisfacción a su decano nacional, Dr. Pedro Riega López, por esta decisión que beneficia a nuestros agremiados y a los servidores públicos del país en general. Asimismo, expresamos nuestro agradecimiento por haber acogido la propuesta inicial planteada por Sinamssop, en comunicaciones del 02 de agosto y 05 de septiembre de 2024, y ratificada en la Asamblea Nacional de Delegados del 28 de septiembre, en los que – oportunamente – advertimos la manifiesta inconstitucionalidad del Art. 28º de la referida norma, al prohibir la negociación colectiva en materia económica, así como también, la inconstitucionalidad de su Cuarta Disposición Complementaria Final, al someter a Essalud a una entidad externa, exponiendo la intangibilidad de los fondos a grave riesgo.
En ese contexto, el CEN-SINAMSSOP informa a los agremiados la participación de nuestra área legal en el equipo de defensa que conducirá el CMP en el desarrollo de dicha demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
Reiteramos nuestro compromiso con la defensa de los derechos laborales y profesionales de nuestros afiliados y seguiremos luchando por la justicia y la equidad en el ejercicio de nuestra profesión.
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Lima, 07 de octubre de 2024.





