EsSalud continúa en el ojo de la tormenta con denuncias inagotables relacionadas con mala gestión y/o corrupción. El Congreso de la República debió haber otorgado facultades de Comisión Investigadora a la Comisión de Fiscalización y no prosperó porque habría intereses de algunos grupos parlamentarios que no se investigue. Los problemas de EsSalud en el actual gobierno no son de ahora, se arrastran crónicamente desde hace varios lustros, pero el deterioro es cada vez mayor, gobierno tras gobierno, y la corrupción también.
El germen causante de la crisis endémica de la seguridad social de hoy es la Ley 27056, Ley de Creación de EsSalud. Esta ley, que nace en el gobierno fujimorista, es una ley autocrática y centralista, que otorga mayores poderes al Presidente Ejecutivo (artículo 8º) en detrimento del Consejo Directivo con funciones reducidas (artículo 7º); peor aún, cuando abdica de sus propias funciones y se convierte en una figura meramente decorativa. Asimismo, esta ley debilitó toda la estructura de fiscalización y control, eliminando al Consejo de Vigilancia, convirtiendo a EsSalud en una organización carente de control efectivo, y a la medida del Presidente Ejecutivo de turno, muchos de los cuales tienen propósitos no confesados.
Diferente era la situación cuando existía el IPSS (Ley 24786). En esa época, el Consejo Directivo tenía funciones específicas asignadas en el artículo 13º: aprobar los planes y programas de corto, mediano y largo plazo; aprobar los reglamentos internos; aprobar la estructura orgánica y funcional del IPSS; nombrar y remover a los funcionarios con cargos de confianza; conducir el desenvolvimiento general de la institución, entre otras. Hoy, estas funciones están centralizadas en el Presidente Ejecutivo. Además, existía el Consejo de Vigilancia (art. 14º), que era el órgano máximo de fiscalización y autónomo en el ejercicio de sus funciones; actualmente no existe.
El Ministerio de Trabajo tiene una tarea pendiente, incumplida desde hace más de seis meses, como es la designación del representante de los pensionistas en el Consejo Directivo; con ello, la representación de los trabajadores se ha reducido a 2, mientras que los empleadores y el gobierno, cada uno, tiene 3 representantes.
Volviendo al documento de la OIT, “El fortalecimiento de la gobernanza en el Consejo Directivo de EsSalud”, señala las debilidades en el funcionamiento del Consejo Directivo. Una de ellas es la nula participación en la elaboración del Plan Estratégico Institucional (PEI), así como no cumple “ningún rol en el control o monitoreo del cumplimiento del PEI… a pesar de que la ley le otorga un rol central para dicha finalidad”.
Ante ello, la única alternativa es la derogatoria o modificación de la Ley 27056, asignándoles mayores roles al Consejo Directivo; este es el único camino para que las pandillas no conviertan en cenizas a la seguridad social.
(*) Secretario General del
Sindicato Nacional de Médicos del Seguro Social del Perú






