NOTA DE PRENSA N° 030-2020-SINAMSSOP
Por exposición al peligro de persona dependiente y atentar contra la seguridad y salud en el trabajo
El secretario general del SINAMSSOP, Teodoro Quiñones, presentó hoy a nombre del Sindicato una denuncia penal contra la presidenta ejecutiva de EsSalud, Fiorella Molinelli y el gerente central de Gestión de las Personas, Jorge Perlacios, por exposición a peligro de persona dependiente y por atentar contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, en medio de la emergencia sanitaria del Covid-19, ante la Fiscalía Provincial Penal de Turno del Distrito Judicial de Lima.
Como se recuerda, hace un mes el secretario general presentó a nombre de SINAMSSOP una denuncia preventiva penal contra la misma funcionaria por el abandono o exposición al contagio y muerte del personal médico que atiende la emergencia sanitaria del COVID-19, ante la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Turno de Lima, como acuerdo de los presidentes de los cuerpos médicos del país. En un mes la situación de los hospitales se ha agravado con el contagio y muerte de los profesionales y trabajadores, como consecuencia de la incapacidad de gestión y desinterés de quienes hoy dirigen la Institución, que ha motivado esta denuncia penal.
La denuncia penal presentada hoy ratifica que los profesionales médicos y de la salud enfrentan la atención de la pandemia del Covid-19 en medio de un sinfín de carencias, sin los equipos adecuados de protección personal (EPP) con el colapso de todos los hospitales de la seguridad social del país, el contagio de los trabajadores y la muerte de los mismos en pésimas condiciones de atención, como consecuencia de la improvisación de acciones que estuvieron debidamente normadas con mucha anterioridad por la Organización Mundial de la Salud, pero que esta gestión no las tomó en cuenta.
La denuncia penal contra el gerente central de Gestión de las Personas, Jorge Perlacios, tiene la condición de agravada por atentar contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, al haber emitido el Memorando Circular N° 125-GCGP-ESSALUD-2020, en el que dispone a los gerentes de línea a nivel nacional, se adopte las disposiciones modificatorias respecto a las personas de riesgo de complicaciones por Covid-19, amparándose en el Decreto Supremo N° 083-2020-PCM y la Resolución Ministerial N° 283-2020-MINSA.
Estas normas han modificado inconstitucionalmente la edad de 60 a 65 años como rango de riesgo, con el objetivo de obligar a los profesionales médicos a regresar a laborar, exponiéndolos al contagio y la muerte por las pésimas condiciones de trabajo que son de público conocimiento. El artículo en el que se sustenta las decisiones del funcionario (Art.8° del DS 083-2020-PCM) es una norma de menor jerarquía que viola el principio de supremacía de la ley, considerando que los Decretos de Urgencia 026 y 029, así como el Decreto Legislativo 1474 que establecieron la edad del grupo de riesgo a partir de los 60 años, no han sido modificados o derogados, por lo que se encuentran en plena vigencia.
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Lima, 28 de mayo de 2020.
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