INSTRUCTIVO para presentar solicitud de extensión de la carrera médica ( Ley 31210)

REQUISITOS

  1. Solicitud dirigida al director de su Centro Médico, presentada cuarenta (40) días hábiles antes que se cumplan los setenta (70) años de edad.
  2. Título de Segunda Especialidad profesional a nombre de la Nación.
  3. Certificados médicos que acrediten adecuada condición de salud física (cardiológica, neurológica, oftalmológica y reumatológica) y mental (Psiquiatría).

CONDICIONES

  1. Estar desempeñando una labor asistencial como especialista.
  2. El establecimiento de salud debe encontrarse en zonas en las que exista déficit de médicos especialistas.

PROCEDIMIENTO

  1. El Director remitirá todo el expediente, la Solicitud y los requisitos establecidos, a la Oficina de Recursos Humanos.
  2. En un plazo de cuatro (4) días hábiles de recibida la solicitud por el Director, el responsable de la Oficina de Recursos Humanos, solicita al Jefe del Servicio la presentación del informe, en el que se indique que existe la necesidad de atención especializada. 
  3. El jefe del servicio tiene un plazo máximo de ocho (8) días hábiles de recibido el requerimiento, para remitir el informe a la Oficina de Recursos Humanos.
  4. En un plazo máximo de ocho (8) días hábiles de recibido el informe del Jefe del Servicio, Recursos Humanos debe responder la procedencia o improcedencia de la misma, siendo esta última susceptible de improcedencia si fuera el caso.
  5. La resolución que autoriza la extensión del ejercicio de la carrera médica, es emitida por el titular del establecimiento de salud, visada por el jefe de la oficina de recursos humanos, en un plazo máximo de seis (6) días hábiles de recibido el expediente.

El afiliado que presente la solicitud debe de hacer de conocimiento al Secretario General, Dr. Manuel Vásquez Gálvez, enviando adjunta toda la documentación al correo electrónico: secretariasinamssop@gmail.com, a efectos que el Sindicato realice el seguimiento respectivo.

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