NOTA DE PRENSA N° 041-2022-SINAMSSOP
Sostuvo secretario de Seguridad Social / SST, Benjamín Lino en mesa de negociación colectiva
El secretario de Seguridad Social / Seguridad y Salud en el Trabajo, Benjamín Lino, sostuvo ayer en la mesa de negociación colectiva del Pliego de Reclamos 2022, que los profesionales médicos, odontólogos y químicos farmacéuticos de EsSalud, no se oponen a retornar a laborar porque son la locomotora del servicio asistencial, pero respetando las normas que existen en relación a SST que la Institución simplemente no toma o no quiere tomar en cuenta.
Marchas y contra marchas
Señaló que la pandemia desnudó la realidad sanitaria de la Institución respecto a que existiendo una normativa de SST por espacio de 10 años, como es la ley 29783, Ley de SST, esta no se cumplía y que aun cuando la pandemia promovió la Resolución Ministerial 239-2020-MINSA respecto a la aprobación de “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a Covid-19”, que se constituyó dentro de la crisis sanitaria, en el instrumento principal sin embargo, se dieron una serie de documentos en marchas y contra marchas, como las resoluciones 448, 972 y ahora la Directiva Administrativa N°321-MINSA/DGIESP.
Conocimiento de la norma
Es tiempo que las autoridades, los profesionales y gestores conozcan los alcances de la ley, y que no confundan las cosas, porque hay funcionarios que desconocen la jerarquía en la aplicación de las normas y creen que un memorándum es más que en decreto supremo, dijo. Agregó que las resoluciones 448 y 972 hablan de lineamientos para la prevención y vigilancia del Covid-19, mientras que la Directiva Administrativa 321 habla de disposiciones, antes decía “debería”, ahora dice “debe”, el tema puntual si bien es cierto es la ejecución de la norma, lo más importante es darle sostenibilidad y no caer en el vacío, como está ocurriendo, señaló.
Cumplimiento parcial de la ley
Agregó que, por esta razón documentos como el Memorándum Circular N°070-GCGP-ESSALUD-2022 induce a que se incida en solo el cumplimiento parcial y no total de la norma vigente, lo cual va en perjuicio de los trabajadores y viene generando incertidumbre y desconcierto en la Institución a nivel nacional. Asimismo, exigió que, de acuerdo a la normativa, se cumpla con el flujograma vigente para evaluar la pertinencia de trabajo presencial, semipresencial o remoto que determina como primera exigencia que “el empleador ha establecido todas las medidas preventivas en razón a la jornada laboral y adecuadas condiciones laborales del puesto de trabajo.
De otro lado, en lo que respecta al documento “Declaración jurada para el retorno voluntario”, señaló que SERVIR según el Informe Técnico N° 00092-2021-SERVIR-GPGSC, ya confirmó que no se encuentra vigente. Finalmente dijo que llama la atención la poca presencia y recomendaciones técnicas al respecto por parte de la Unidad Funcional de SST de EsSalud.
Lima, 1 de abril de 2022.
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