SINAMSSOP solicitó a EsSalud precise el numeral N° 9 del Memorando Circular N° 320 que prohíbe la permanencia de los trabajadores en la institución

SINAMSSOP solicitó a EsSalud precise el numeral N° 9 del Memorando Circular N° 320 que prohíbe la permanencia de los trabajadores en la institución

NOTA DE PRENSA N°136-2022-SINAMSSOP

Estas disposiciones afectan directamente a nuestros sindicalizados

El secretario general del SINAMSSOP, Manuel Vásquez, mediante Carta N° 799-022, solicitó a la Gerente Central de Gestión de las Personas de EsSalud, Sandra Mosto, que precise los alcances del numeral nueve del Memorando Circular N° 320- GCGP-ESSALUD-2022, en el cual menciona que, “Queda prohibida la permanencia de los trabajadores fuera del horario de trabajo”; porque dicha prohibición limitaría el ejercicio del acto médico de nuestros afiliados.

Cabe resaltar que, esta prohibición no debería contemplar a nuestros afiliados quienes desarrollan el “acto médico”, y que por su propia naturaleza es de alto riesgo y en muchos de los casos, su práctica o ejercicio supera el horario de trabajo establecido. Por ello, necesitan quedarse más tiempo de lo determinado, como es el caso de una cirugía de Alta Complejidad y en otros casos, continuar con el monitoreo de sus pacientes.

En ese sentido, Vásquez, en representación del CEN-SINAMSSOP, solicitó realizar esta precisión a efectos de no causar ningún tipo de vulneración de derechos laborales, ni mucho menos eventos adversos en agravio de los pacientes asegurados.

Lima, 28 de diciembre de 2022.

SECRETARÍA DE PRENSA Y PUBLICACIONES

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