Secretario general del SINAMSSOP saludó aprobación de proyecto de ley que condona deuda de horas acumuladas de trabajadores en riesgo

Secretario general del SINAMSSOP saludó aprobación de proyecto de ley que condona deuda de horas acumuladas de trabajadores en riesgo

NOTA DE PRENSA N° 056-2022-SINAMSSOP

Manuel Vásquez recordó que dispuso que su representante se reuniera con la autora del proyecto el mes pasado        

Saludamos la aprobación por unanimidad en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso de la República del proyecto de ley que plantea la condonación de las deudas de las horas acumuladas de los trabajadores, considerados dentro del grupo de riesgo, que no pudieron realizar trabajo remoto, en el marco de la emergencia sanitaria del Covid-19, dijo hoy en Ica el secretario general del SINAMSSOP, Manuel Vásquez.

Recordó que dispuso que el representante especial del SINAMSSOP, Juan Carlos Yance, en compañía de otros dirigentes se reuniera el 22 de abril pasado con la presidenta de la Comisión de Trabajo, Ysabel Cortez, autora del proyecto de Ley 1097-2021-CR, para manifestarle el respaldo pleno del Sindicato, tal como se informó en la Nota de Prensa 048-2022.

Manuel Vásquez reiteró el compromiso de lucha y respaldo del SINAMSSOP en las justas reivindicaciones laborales de sus afiliados en ese aspecto, por lo que se viene trabajando de manera organizada a través de la secretaría de Seguridad Social / Seguridad y Salud en el Trabajo en el cumplimiento estricto de la ley en ese sentido, dijo.  

El proyecto de ley comprende a personas mayores de 60 años o jóvenes con cuadros de hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedad pulmonar crónica, cáncer y otros estados de inmunosupresión de acuerdo con los factores clínicos establecidos en un documento técnico denominado “Atención y manejo clínico de casos de Covid-19. Escenario de transmisión focalizada”.

Plantea la condonación de toda deuda parcial o total que mantenga el trabajador para con su empleador y que se encontrase pendiente de pago producto de la implementación del otorgamiento de la licencia con goce de haber; prohíbe incluir en la liquidación de beneficios sociales realizada al término del vínculo laboral los descuentos que son producto de las horas de trabajo por compensar, generadas a causa de las disposiciones legales implementadas en el marco de la emergencia sanitaria por el Covid-19.

Lima, 14 de mayo de 2022.

SECRETARÍA DE PRENSA Y PUBLICACIONES

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